(Fuentes: http://www.sitiosargentina.com.ar, http://www.chegaucha.com.ar, es.wikipedia.org, http://www.ambiente.gov.ar/)
El nombre
Procede del latín "argentum", que significa plata. El origen de esta denominación se remonta a los viajes de los primeros conquistadores españoles al Río de la Plata. Los náufragos de la expedición de Juan Díaz de Solís encontraron en la región a indígenas que les regalaron objetos de plata y llevaron a España, hacia 1524, la noticia de la existencia de la Sierra del Plata, una montaña rica en aquel metal precioso. A partir de esa fecha los portugueses llamaron al río de Solís, Río de la Plata. Dos años después, los españoles utilizaron también esa denominación. La Constitución Nacional sancionada en 1853 incluyó el nombre de "República Argentina" entre los nombres oficiales para la designación del gobierno y territorio de la Nación.
Idioma
El idioma oficial de la República Argentina es el castellano (o español). También se habla Quechua (norte), Guaraní (litoral) y otras lenguas autóctonas.
Religión
La religión oficial es la Católica Apostólica Romana, aunque existe total libertad de culto. Se practican además el protestantismo, el judaísmo, el islamismo, la religión ortodoxa griega, la ortodoxa rusa y otras.
Fechas patrias más importantes
25 de Mayo de 1810. Se constituyó la Primera Junta de Gobierno Patrio. En el Cabildo de Buenos Aires.
9 de Julio de 1816. Se proclamó la Independencia de las Provincias Unidas del Río de la Plata, en Tucumán.
Símbolos Patrios (Fuente: http://www.senado.gov.ar)
Bandera
Creada por Manuel Belgrano en 1812 durante la gesta por la Independencia de las Provincias Unidas del Río de la Plata. El 20 de Julio de 1816 mediante Decreto se la adopta como Símbolo Patrio, y en 1938 el Congreso Nacional sanciona una ley en la que se fija como Día de la Bandera el 20 de Junio, aniversario de la muerte de su creador.
Compuesta por tres franjas proporcionales, dos azules celestes separadas por una franja blanca central que lleva un sol naciente de color amarillo oro, rodeado de 32 rayos: 16 rectos y 16 curvos alternados.
Las medidas de la Bandera Oficial son: 1,40 mts. de largo por 0,90 mts. de ancho.
1er. Decreto Oficial sobre la Bandera:
La consagración legal de la actitud tomada por Belgrano el 27 de febrero de 1812, correspondió al Congreso de Tucumán por iniciativa del diputado Juan José Paso. El Decreto, redactado y presentado por el diputado por Charcas, José M. Serrano, fue aprobado en la Sesión del 20 de julio de 1816 de la siguiente forma:
Elevadas las Provincias Unidas en Sud América al rango de una Nación después de la declaratoria solemne de su independencia, será su peculiar distintivo la bandera celeste y blanca que se ha usado hasta el presente y se usará en lo sucesivo exclusivamente en los Ejércitos, buques y fortalezas, en clase de Bandera menor, ínterin, decretada al término de las presentes discusiones la forma de gobierno más conveniente al territorio, se fijen conforme a ella los jeroglíficos de la Bandera nacional mayor.
Comuníquese a quienes corresponda para su publicación.
Francisco Narciso de Laprida, Presidente. Juan José Paso, Diputado Secretario.
(Fuente: Instituto Nacional Belgraniano)
25 de febrero de 1818
El Congreso de Tucumán (trasladado a Buenos Aires), a propuesta del diputado Chorroarín, aprobó como bandera de guerra la misma que ya se usaba, pero con el emblema incaico del sol en el centro.Escudo
Representa la unión de las Provincias, simbolizando además la libertad y el nacimiento de una nueva Nación.
La Asamblea de 1813 comenzó a utilizar en sus documentos un sello estampado en lacre con el escudo, que fue aceptado por todos los gobiernos y pueblos de las Provincias Unidas del Río de la Plata. En 1944 el Poder Ejecutivo Nacional mediante el Decreto 10.302 logra dar uniformidad al Escudo, quedando conformado de la siguiente manera:
Es un escudo de forma oval cortado con su campo superior de azur (azul), y el inferior de plata (blanco) con dos antebrazos humanos estrechados que representan la unión de las Provincias, el gorro de gules (frigio) es el símbolo de la libertad que sostenido por la pica (lanza corta) identificado con la defensa. El sol naciente anuncia una nueva Nación, rodeado de los laureles del triunfo. La cinta con los colores patrios hace alusión a la Nacionalidad Argentina.
El nacimiento del Escudo Nacional no tiene fecha cierta pero se sabe que la Asamblea Constituyente del año 1813 encomendó al diputado por San Luis, Dn. Agustín Donado, para que llevara a cabo la materialización de un sello oficial destinado a legitimar las resoluciones de la Asamblea, en reemplazo del utilizado durante el gobierno virreinal.
La Asamblea aceptó oficialmente el sello el 12 de marzo de 1813 quedando instituido nuestro blasón y fijado el día 22 de febrero como "Día del Escudo Nacional".
También fue la Asamblea del Año XIII, la que por decreto del 13 de mayo de 1813 estableció que el Supremo Poder Ejecutivo debía utilizar el mismo escudo, con algunas variantes, para autorizar sus propios actos.Himno Nacional
Aprobado por la Asamblea el 11 de mayo de 1813, fue compuesto por Vicente López y Planes y su música pertenece a Blas Parera.
En 1900, durante la Presidencia de Julio Argentino Roca se sanciona un Decreto disponiendo que en las fiestas oficiales, colegios y escuelas sólo se cantarán la primera y última cuarteta y el coro; con la intención de mantener la armonía en la convivencia con los españoles residentes en el país y con España.
Marcha Patriótica
(Versión original)
Letra: Vicente López y Planes
Música: Blas Parera
Coro
Sean eternos los laureles
que supimos conseguir:
Coronados de gloria vivamos
O juremos con gloria morir.
Oid ¡mortales! el grito sagrado:
¡Libertad, libertad, libertad!
Oid el ruido de rotas cadenas:
Ved en trono a la noble Igualdad.
Se levanta a la faz de la tierra
Una nueva y gloriosa Nación:
Coronada su sien de laureles
Y a su planta rendido un León.
Coro
De los nuevos campeones los rostros
Marte mismo parece animar;
La grandeza se anida en sus pechos,
A su marcha todo hacen temblar.
Se conmueven del Inca las tumbas
Y en sus huesos revive el ardor,
Lo que ve renovando a sus hijos
De la Patria el antiguo esplendor.
Coro
Pero sierras y muros se sienten
Retumbar con horrible fragor:
Todo el país se conturba con gritos
de venganza, de guerra y furor.
En los fieros tiranos la envidia
Escupió su pestífera hiel
Su estandarte sangriento levantan
Provocando a la lid más cruel.
Coro
¿No los veis sobre Méjico y Quito
Arrojarse con saña tenaz?
¿Y cual lloran bañados en sangre
Potosí, Cochabamba y la Paz?
¿No los veis sobre el triste Caracas
Luto y llanto y muerte esparcir?
¿No los veis devorando cual fieras
todo pueblo que logran rendir?
Coro
A vosotros se atreve ¡Argentinos!
El orgullo del vil invasor,
Vuestros campos ya pisa contando
Tantas glorias hollar vencedor.
Mas los bravos que unidos juraron
Su feliz libertad sostener.
A esos tigres sedientos de sangre
Fuertes pechos sabrán oponer.
Coro
El valiente argentino a las armas
Corre ardiendo con brío y valor,
El clarín de la guerra cual trueno
En los campos del Sud resonó;
Buenos Aires se pone a la frente
De los pueblos de la ínclita Unión,
Y con brazos robustos desgarran
Al ibérico altivo León.
Coro
San José, San Lorenzo, Suipacha,
Ambas Piedras, Salta y Tucumán,
La Colonia y las mismas murallas
Del tirano en la Banda Oriental;
Son letreros eternos que dicen:
"Aquí el brazo argentino triunfó."
"Aquí el fiero opresor de la patria
Su cerviz orgullosa dobló."
Coro
La victoria al guerrero argentino
Con sus alas brillantes cubrió,
Y azorado a su vista el tirano
Con infamia a la fuga se dio;
Sus banderas, sus armas se rinden
Por trofeos a la Libertad.
Y sobre alas de gloria alza el pueblo
Trono digno a su gran majestad.
Coro
Desde un polo hasta el otro resuena
De la fama el sonoro clarín.
Y de América el nombre enseñado,
Les repite ¡mortales! Oíd:
¡Ya su trono dignísimo abrieron
las Provincias Unidas del Sud!
Y los libres del mundo responden:
¡Al Gran Pueblo Argentino, Salud!
Himno Nacional Argentino
(Versión que se canta actualmente)
Letra: Vicente López y Planes
Música: Blas Parera
Oid Mortales, el grito sagrado:
¡Libertad! ¡Libertad! ¡Libertad!
¡Oid el ruido de rotas cadenas:
ved del trono a la noble Igualdad!
Ya su trono dignísimo abrieron
las Provincias Unidas del Sud,
y los libres del mundo responden
¡Al gran Pueblo Argentino salud!
Coro
Sean eternos los laureles
que supimos conseguir:
coronados de gloria vivamos
o juremos con gloria morir.
Escarapela
Cinta con los colores patrios que hace alusión a la nacionalidad Argentina.
El 25 de mayo de 1810 se usaron por primera vez los colores patrios en la Escarapela. En 1812 el Triunvirato hizo saber al Jefe del Ejército Mayor que las tropas deberían reconocer y usar la Escarapela Nacional de las Provincias Unidas del Río de la Plata con los colores celeste y blanco, quedando abolida la roja que hasta ese momento se usaba.
En 1935 el Consejo Nacional de Educación proclamó como Día de la Escarapela el 18 de mayo.
Próceres máximos
General José de San Martín
General Manuel Belgrano
Pájaro Nacional
Hornero. Proclamado por unanimidad en 1927. Se encuentra en casi todo el territorio nacional. Hace su nido de barro en los postes de alambrados, de tendido eléctrico y cualquier saliente propicia. Mide unos 20 cm, es de color pardo y tiene el vientre un poco más claro. La hembra es un poco más pequeña. Es muy sociable y habita tanto en el campo como en zonas pobladas. Leyenda.
Flor Nacional
El Ceibo. Pertenece a las familias de las leguminosas. Su nombre científico es Erythrina Cristagalli (tambien llamada Ceibo, Ceibo Macho, Chopo o Suinandí). Puede alcanzar los 20 metros de altura y uno de diámetro en el tronco. Se la festeja los 22 de noviembre.Decreto por el cual se establece al Ceibo como Flor Nacional (N° 138474/42 )
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El Poder Ejecutivo Nacional,
Buenos Aires, diciembre 2 de 1942
Visto el informe presentado por la comisión especial designada por el Ministerio de Agricultura para proponer la flor que pudiera ser consagrada Flor Nacional Argentina y de cuyas actuaciones se desprende:
a) Que la flor del ceibo ha merecido la preferencia de gran número de habitantes de distintas zonas del país, en las diversas encuestas populares promovidas por órganos del periodismo y entidades culturales y científicas,
b) que estas circunstancias han determinado el conocimiento de la flor del ceibo en casi todos los países de Europa y América, donde ya figura, en virtud de dichos antecedentes, como representante floral de la República Argentina,
c) que la flor del ceibo, cuya difusión abarca extensas zonas del país, ha sido evocada en leyendas aborígenes y cantada por poetas, sirviendo también de motivo para trozos musicales que han enriquecido nuestro folklore, con expresiones artísticas de hondo arraigo popular y típicamente autóctonas.
d) que el color del ceibo figura entre los que ostenta nuestro escudo, expresión de argentinidad y emblema de nuestra patria.
e) que además de poseer el árbol del ceibo, por su madera, aplicaciones industriales, su extraordinaria resistencia al medio y su fácil multiplicación han contribuido a la formación geológica del delta mesopotámico, orgullo del país y admiración del mundo.
f) que diversas instituciones oficiales, civiles y militares, han establecido la plantación del ceibo al pie del mástil que sustenta nuestra bandera, asignándole así un carácter simbólico y tradicionalista,
g) que por otra parte no existe en la República una flor que encierre características botánicas, fitogeográficas, artísticas o históricas que hayan merecido la unanimidad de las opiniones para asignarle jerarquía de flor nacional, por lo que las predilecciones, como se ha puesto de manifiesto en las encuestas y concursos llevados a cabo,
h) que además no existe la posibilidad de que una determinada planta abarque sin solución de continuidad toda la extensión del país por la diversidad de sus condiciones climáticas y ecológicas,
i) que la opinión de la mayoría de los miembros de la mencionada comisión especial, después de analizar en sus distintos aspectos la cuestión, se ha pronunciado en el sentido de que sea el ceibo el exponente floral de la República Argentina.
Por todo ello,
El Presidente de la Nación Argentina, en acuerdo general de ministros,
DECRETA :
Art.1°. - Declárese Flor Nacional Argentina la Flor del Ceibo.
Art.2°. - El Ministerio de Agricultura adoptará las medidas necesarias para que en los locales de la primera Exposición Forestal Argentina a inaugurarse el 24 del corriente mes en esta capital, estén representados el árbol y la flor del ceibo.
Art.3°. - Comuníquese, archívese y dese a conocer.
DECRETO N° 138474/42
La Comisión, que realizó los estudios pertinentes sobre los diversos antecedentes y proposiciones presentadas a consideración de la misma, estuvo presidida por el doctor Ricardo Helman, oficial mayor del Ministerio de Agricultura, integrándola, además, como vocales, los señores : profesor José F. Molfico e Ing. Agr. Franco E. Devoto, por el Ministerio de Agricultura; Dr. Carlos Obligado, por la Facultad de Filosofía y Letras; Ing. Agr. Emilio A. Coni, por la Academia de la Historia; Ing. Agr. Lorenzo R. Parodi, en representación del Museo de La Plata; Ing. Agr. Arturo Burkart, por el Instituto Darwinion; Dr. Horacio C. Descole, por el Instituto Lillo (Tucumán), e Ing. Agr. Alberto V. Oitavén.
Decreto Nro: 15190/1956
Declárase “Arbol Forestal Nacional” al (Schinopsis Balansea Engl) “Quebracho colorado chaqueño”
Sancionada el 21/08/1956
Publicada en el Boletín Oficial del 05/09/1956
VISTO, este expediente N° 128.954/55, en el cual se propicia declarar “ARBOL FORESTAL NACIONAL” al Schinopsis Balansae Engl “quebracho colorado chaqueño”, de conformidad con la recomendación aprobada por unanimidad por la Segunda Reunión Nacional de Coordinación de la Política Forestal realizada en Mendoza del 14 al 26 de marzo de l955;
y CONSIDERANDO:
Que el descubrimiento en el año 1826 del poder curtiente de la madera de “Quebracho Colorado”, posibilitó la instalación en nuestro país de la primera industria forestal estable y de mayor jerarquía económica: la del extracto tánico;
Que si bien actualmente dicha industria utiliza materia prima de dos especies cuya denominación vulgar responde a la de “Quebracho colorado ( Schinopsis Balansae Engl) “Quebracho colorado chaqueño” y (Schinopsis Lorentzii Griseb) “Quebracho colorado santiagueño”, en principio, el “Quebracho colorado chaqueño”, por su distribución geográfica más estratégica y por su mayor porcentaje en tanino, fue la primera en ser utilizada;
Que el desarrollo de la actividad industrial que la elaboración de su madera promovió, trajo aparejada simultáneamente, importante producción obrajera que constituye la actividad fundamental en amplias regiones del Norte de la República;
Que desde sus comienzos, esta actividad industrial ha sido la única que ha originado productos forestales exportables en montos importantes y que en la actualidad tienen significativa incidencia en la economía nacional, por el importe de las divisas que provee su comercialización;
Que a pesar de las explotaciones irracionales a las que puso término la sanción de la Ley 13.273 de Defensa de la Riqueza Forestal, la actividad derivada del aprovechamiento de esta especie ha posibilitado el arraigo de numerosos núcleos sociales cuya estabilidad futura está asegurada como consecuencia de las normas de racionalización forestal dictadas en virtud de los principios que dicha Ley consagra;
Que es incuestionable la trascendencia que ha alcanzado esta especie en muchas naciones del mundo por las variadas aplicaciones del extracto de quebracho, del que nuestro país es el principal y, juntamente con la República del Paraguay, únicos productores;
Que su nombre vernáculo de “Quiebracha” que deriva de la dureza de su duramen ha sido glosado por nuestros poetas e incluido en nuestro folklore y trasunta idea de virilidad, dureza, resistencia a los factores adversos, longevidad y contribución a satisfacer las necesidades humanas, atributos todos ellos que constituyen una definida semblanza de nuestro pueblo;
Que el voto unánime de las delegaciones concurrentes a la Segunda Reunión Nacional de Coordinación de la Política Forestal importa una expresión específica nacional de deseos que es un deber recoger y concretar;Por ello, atento el dictamen legal de fs. 4 y lo propuesto por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Agricultura y Ganadería, el Presidente Provisional de la Nación Argentina, en Acuerdo General de Ministros,
Decreta:
Art.1º. Declárase “Arbol Forestal Nacional” al (Schinopsis Balansea Engl) “Quebracho colorado chaqueño”.
Art. 2º. El Ministerio de Interior procederá a comunicar a los Interventores Federales el presente decreto.
Art.3º: Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Boletín Oficial y vuelva al Ministerio de Agricultura y Ganadería a sus efectos.Firma: ARAMBURU.–
Deporte Nacional
El Pato (remitirse a la página dentro del sitio).
Piedra Nacional
Rodocrosita. Es una piedra de origen volcánico, la cual se encuentra en las Sierras Capillitas, Provincia de Catamarca a más de 3000 m. de altura. Llamada también Rosa del Inca o Piedra del Inca.Como se trata de un Carbonato de Manganeso, es este último el que determina ese fuerte color rosado o púrpura, que se va aclarando a medida que en su composición se ve reemplazado el Manganeso (Mn) por otros componentes. Su nombre proviene de dos vocablos griegos, a raiz de su color, rodo - rosa y crosita - color.