AGRUPACION TRADICIONALISTA

Grl. GREGORIO ARAOZ DE LAMADRID

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FESTIVAL

DE DOMA

 Y DESTREZA

CRIOLLA

 

REGLAMENTACION DE LOS CONCURSOS DE JINETEADAS DE POTROS RESERVADOS.

 

El concurso de JINETEADAS  de potros reservados, constará de tres (3) categorías que serán:

Categoría "A" - Crina limpia o Potro Pelado.

       "       "B" - Grupa sureña o Cuero.

       "       "C" - Bastos c/ encimera sin boleadoras

 

 

C A P I T U L O  I

De la Comisión Directiva

 

Sus atributos son:

a-       Nombrar a los Jurados, Comisario de Pista y Auxiliares de Pista.

b-       Proporcionar los elementos para las jineteadas.

c-       Nombrar un miembro de Comisión Directiva, que representará a ésta ante el Jurado y las Delegaciones.

d-       Crear otras categorías de jineteadas y aplicarlas al presente.

e-       Decidir sobre la incorporación de las Delegaciones. Reglamento.

f-        Otorgar viáticos y premios

 

 

C A P I T U L O  I I

De la Organización

 

1-       La duración de la monta tendrá como tiempo de prueba: OCHO (8) segundos para la Categoría "A"; DOCE (12) segundos para la Categoría "B" y QUINCE (15) segundos para la Categoría "C".

2-       Cada participante tendrá como tiempo máximo para realizar su prueba, sólo TRES (3) minutos a partir del momento que finalizó el jinete anterior. Si pasado ese tiempo no ha salido a la pista de jineteadas, quedará descalificado sin más trámite.

3-       En la clasificación se tendrá en cuenta la siguiente tabla de puntaje:

El jinete como máximo 10 puntos.

El potro     "           "        5 puntos.

Espuela  como máximo 5 puntos.

Elegancia     "           "    5 puntos.

4-       Queda prohibido a cada participante bajo pena de eliminación del concurso, montar como barato un potro antes o durante las pruebas, salvo que sea autorizado expresamente por el jurado. En ese caso, se le indicará la categoría que tendrá que cumplir y será fuera de concurso.

5-       Una vez tocada la campana que anuncia la finalización de la prueba, el jinete no deberá seguir castigando ni jineteando y si así lo hiciere, se le aplicará descuento de puntos.

6-       El potro deberá ser largado con el anca hacia los corrales.

7-       A las delegaciones se les asignará un lugar y los jinetes deberán conservar su ubicación mientras no tengan que montar.

8-       En el palo (palenque), exclusivamente, deberán estar: los palenqueros, el jinete y un ayudante del mismo.

9-       Ningún jinete tendrá derecho a montar nuevamente, si el reservado ha volteado, después de haber sido correctamente largado.

10-    Las riendas serán de suela, cuero crudo o curtido, lisas, no trenzadas y sin nudos. Serán provistas por la Comisión Directiva y su uso será obligatorio, dándose en la monta, con vuelta en la mano del jinete.

11-    El rebenque o guacha, se deberá usar tomado de la manijera en las categorías de Grupa y Bastos. Al jinete que pierda el rebenque, se le descontará hasta TRES (3) puntos salvo si se cortara la manijera.

12-    El Comisario de Pista revisará las espuelas.

13-    La Comisión Directiva, sancionará hasta con la descalificación, a los jinetes que en el período en que se desarrollen los certámenes, tengan procederes atentatorios contra la moral y las buenas costumbres.

14-    La Comisión Directiva del FESTIVAL DE DOMA, no se hace responsable del o los accidentes que pudieran ocurrir antes, durante o después del concurso a los jinetes y/o sus ayudantes y del que resultaren lesionados, heridos, incapacitados o muertos.

 

 

C A P I T U L O  I I I

Del Jurado

 

a-       Se compondrá de TRES (3) miembros como mínimo. Uno de ellos oficiará de presidente, y en caso de empate, su voto definirá la clasificación.

b-       Efectuará el sorteo tanto de la distribución de los jinetes como de los potros, incluido de éstos, para las montas de repetición.

c-       Los animales serán revisados antes de las pruebas, siendo derecho del Jurado, admitir o rechazar los mismos, si se comprobaran anormalizados.

d-       Contará con dos colaboradores que se desempeñarán como cronometristas y su misión será controlar el tiempo de jineteada en el acto de la monta. El Jurado contará también con un colaborador que se desempeñará de planillero y su misión será la de realizar el cómputo del puntaje y darlo a conocer de inmediato. Tanto los cronometristas como el planillero no tendrán voz ni voto en la clasificación de las pruebas.

e-       Deberá comunicar la noche anterior al representante de la Comisión Directiva, la cantidad de reservados a traer por el tropillero y la distribución de las montas.

f-        En caso de tener que repetir alguna monta, el potro a traer será en forma correlativa de los sorteados para las montas.

g-       Todas las peticiones y reclamos que formulen los Delegados, deberán ser girados por el Jurado al representante de la Comisión Directiva.

h-       Ante cualquier eventualidad no prevista en el presente reglamento, el Jurado aplicará su criterio con validez del mismo.

 

C A P I T U L O  I V

Del Comisario de Pista

 

a-       Es el encargado de hacer cumplir, dentro del campo de jineteadas, las disposiciones del presente Reglamento y todas las directivas que el Jurado haya dictado o crea necesario.

b-       Es la única autoridad dentro del campo de jineteadas y sus decisiones deben ser acatadas por los jinetes y por todas aquellas personas que, de una forma u otra, deben permanecer dentro de la pista.

c-       En caso de excepción podrán permanecer dentro del campo de jineteadas, aquellas personas ajenas al concurso y que sean debidamente autorizadas por la Comisión Directiva.

d-       El Comisario de Pista, tendrá DOS (2) auxiliares cuyas misiones serán, uno encargado de los elementos de las distintas montas y el otro, deberá controlar el uso reglamentario de los elementos y el tiempo de que disponen los concursantes para realizar su monta de acuerdo a lo establecido en el apartado 2 del Capítulo II.

 

C A P I T U L O  V

De los Delegados

 

a-       Serán los únicos que podrán peticionar ante el Jurado y el representante de la Comisión Directiva.

b-       No podrán intervenir como jinetes.

c-       Deberán reunirse con el Jurado y el representante de la Comisión Directiva todos los días en el lugar que se indique previamente, a efectos de presenciar el sorteo y cambiar opiniones.

d-       Los señores Delegados son absolutamente responsables por la conducta y proceder de su Delegación, dentro y fuera del Festival. En caso de transgresiones a estas disposiciones, quedarán descalificados y por consiguiente perderán todo derecho a viáticos, premios o cualquier otro beneficio que pudiera corresponderles.

e-       Una vez aceptado este Reglamento, los señores Delegados, no podrán efectuar reclamos ni peticiones que no estén contemplados en el mismo, para lo cual a cada delegado se le entregará un ejemplar y firmará su recibo, a los efectos de poder cumplir y hacer cumplir este Reglamento.

 

DE LOS JINETES

 

a-       La Comisión Directiva del FESTIVAL aceptará e inscribirá únicamente a los jinetes que invistan representación oficial de cada invitado.

b-       Los jinetes menores de VEINTIUN (21) años de edad, deberán contar con una autorización escrita y firmada por sus padres y tutor, certificando la firma, las autoridades pertinentes de la localidad de origen del jinete.

c-       Quedará descalificado en el acto el jinete que castigue al potro en la cabeza o de cualquier otro modo maltratase al animal.

d-       Se descalificará al jinete que charquee, trabe las rodajas de las espuelas, o coloque asidero en los bastos o grupas, durante la jineteada.

e-       Se descontarán CINCO (5) puntos en su clasificación al que pierda un estribo y en caso de perder los dos, no se clasificará la monta.

f-        Los jinetes que montan en la categoría "C" (Bastos) deberán usar estribos y estriberas de su propiedad. Estos elementos, como así los rebenques a usar en todas las categorías, serán los únicos elementos que no proveerá la Comisión Directiva.

g-       Al jinete que ha sido despedido por el potro por voleada, el Jurado determinará si corresponde nueva monta o no.

h-       El jinete anotado en una categoría, no podrá intervenir por concurso en ninguna de las otras dos; excepción, cuando un compañero de delegación se encontrase impedido para realizar la monta - comprobándose fehacientemente el impedimento - podrá reemplazarlo en dos oportunidades seguidas o en tres alternadas.

i-         El jinete deberá evitar por todos los medios legales que se caiga el animal mientras se está realizando la prueba de jineteada. Si esto ocurriera por voleada, costalada o rodada (considerada caída) del potro y hubiera cumplido no menos de la mitad del tiempo de monta establecido, se considerará concluida la misma.

j-         No podrán jinetear aquellas personas que presentan en forma evidente un estado físico deficiente a causa de accidentes o por estar alcoholizados y/o bajo efectos de drogas o estimulantes.

k-       Toda denuncia que se efectúe contra los jinetes que se sospeche que están bajo los efectos de estimulantes, se debe formular por escrito.

l-         Al jinete, que, por causas de fuerza mayor - fehacientemente comprobadas - no montara, no se le guardará el caballo y durante el sorteo siguiente, sacará DOS (2) bolillas, debiendo, en consecuencia, realizar el pago de la monta adeudada. Esta situación no podrá repetirse y en caso determinado el Jurado deberá remitirse a lo establecido en el inciso h) de este artículo.

m-      Queda prohibido a los jinetes y/o a sus ayudantes portar armas de fuego o blancas, dentro del FESTIVAL.

n-       La Comisión Directiva hará conocer a cada participante esta reglamentación, la que una vez firmada de conformidad, será aceptada en todos sus puntos por ambas partes.

ñ- Al jinete que se inscriba no podrá dejar de participar en competencia sin causa justificada a juicio del Jurado y representante de la Comisión Directiva, reservándose ésta última el derecho de no hacer efectivo el pago de viáticos y premios que pudieran corresponderle en caso de incumplimiento.

 

o-       El jinete no podrá discutir los fallos del Jurado  y los mismos deberán ser canalizados a través del Delegado, cuando correspondiere.

p-       La falta de cumplimiento por parte de los jinetes a lo dispuesto en el presente Reglamento, será sancionada por el Jurado.

q-       Los fallos y/o decisiones del Jurado, son inapelables.

 

 

C A P I T U L O  V I

De los premios

 

a-       El monto de los premios será fijado anualmente por la Comisión Directiva, quien comunicará el importe de los mismos a quien corresponda, en su oportunidad.

b-       En las categorías "A", "B" y "C" habrá premios que determinará la Comisión Directiva.

 

 

C A P I T U L O  V I I

Consideraciones generales

 

a-       Que, como y cuando se considera charqueada. El Jurado deberá considerar CHARQUEADA a la infracción del jinete, al apoyar sobre el cuerpo del caballo la mano donde el jinete lleva el rebenque. Asimismo, si al castigar sobre le flanco contrario, apoya el brazo sobre el enriendado, de la misma manera si al echar el cuerpo hacia atrás tocara con la espalda en el anca del caballo o se tomara de la grupa o el recado con el brazo de las riendas.

b-       Se aconseja a los jinetes, enganchar el caballo con las espuelas al salir del palenque.

c-       Las espuelas que proveerá la Comisión Directiva para las montas de las categorías “B” y “C” (Grupa y Bastos), serán de hierro, livianas, con pihuelos de CUATRO (4) centímetros de longitud y rodajas libres de OCHO (8) pinchos mochos; en la categoría “A” (Crina), las rodajas de las espuelas tendrán CINCO (5) pinchos agudos y los pihuelos NUEVE (9) centímetros de longitud.

d-       Las grupas serán confeccionadas con travesaños de fieltro y retobadas con cuero de oveja, su longitud será de TREINTA Y CINCO (35) centímetros.

e-       Los bastos serán de uso corriente y las encimeras de cuero o suela. No tendrán accioneras y las estriberas se colocarán por los ojales. En caso de cortarse la estribera, el jinete no tendrá derecho a reclamo pero, si se cortara el ojal de la encimera, el Jurado puede autorizar nuevamente la doma.

f-        Los rebenques serán de lonja  ancha, con un mínimo de CUATRO (4) centímetros de ancho, tipo gaucha; no se aceptarán rebenques con cola de arreador, cargados con trenzas o canastos. En el caso que se cortare la manijera del rebenque, el jinete podrá echar mano al poncho, el sombrero y con ellos, a guisa de rebenque, podrá adjudicarse puntos para su haber.

g-       La Comisión Directiva se reserva el derecho de realizar un campeonato de perdedores en categoría a designar, si por el brillo del espectáculo, esto fuera aconsejado por el Jurado.

h-       La Comisión Directiva sancionará con hasta la suspensión por tiempo a determinar, a los jinetes que habiendo resultado ganadores de concursos zonales o provinciales no se presentaran a disputar las finales correspondientes sin causas justificadas y luego se hicieran presentes en el Festival adjudicándose otras representaciones o delegaciones.

 

 

(1)     La Comisión Directiva se reserva el derecho de modificar este reglamento comunicando con 30 días de anticipación a las partes interesadas.

 

 

ENTERADO Y DE CONFORMIDAD.

 

DELEGACIÓN: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

Delegado: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

Jinete Crin Limpia: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

Jinete Grupa Sureña: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

Jinete Bastos c/ Encimeras: . . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

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